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"La soja se puede mantener un año o más sin venderse" , Luis Miguel Etchevehere, Presidente de la Sociedad Rural

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Un candidato por categoría el 14 de agosto

8.8.11

La Cámara Nacional Electoral advirtió que en las elecciones primarias del 14 de agosto se debe optar por una sola lista de precandidatos por categoría, ya que si se coloca en el sobre más de una nómina, el voto será considerado "nulo".

Al entrar al cuarto oscuro el elector se encontrará con boletas de todas las listas que participan (algunas agrupaciones presentarán más de una lista para una o más categorías) y deberá elegir una sola lista de precandidatos por categoría", explicó la Cámara Electoral en la página web del Centro de Información Judicial.

Las autoridades de la cámara advirtieron que si se coloca "en el sobre más de una lista por categoría, el voto será nulo" y precisaron que "se puede optar por cortar boleta y elegir una lista para la categoría de presidente y vice, otra lista para la de senadores (en las ocho provincias en que se vote) y/o una para diputados".

En los últimos días, comenzó a circular una cadena de mails que erróneamente explica que se pueden colocar en el sobre las boletas de todos los candidatos que el votante desee que participen en los comicios del 23 de octubre.

La Cámara recordó también que las primarias constituirán un "mecanismo de preselección de los candidatos" que participarán en la contienda nacional de octubre, para las categorías de presidente y vice de la Nación, senadores y diputados nacionales. "También son un sistema de habilitación para las agrupaciones políticas ya que deberán obtener más del 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos (afirmativos y en blanco) por categoría de votos, para participar en las elecciones generales", señala el texto.

Asimismo, reiteró que "deben votar todos los electores que están incluidos en el padrón electoral, como en una elección general, e independientemente de estar o no afiliado o afiliada a algún partido político.
Es decir, deberán votar ciudadanos de ambos sexos, argentinos nativos, por opción y naturalizados, que cumplan los 18 años al 23 de octubre de 2011.

Por último, las autoridades enfatizaron que "es indispensable que consulten los lugares de votación ya que pueden haber variado respecto de las elecciones locales". Para ello se pueden consultar los sitios (www.padron.gob.ar); (www.electoral.gob.ar); (www.cij.gob.ar) o al número telefónico 0800-999-7237

A vos capochin...

4.8.11

Nos conocimos grandes...
Hicimos cosas de chicos...
Compartimos las misma pasiones, vos sabes, las mismas...

Me demostraste tu amistad sincera el día que me dijiste "te quiero mucho"...
Vivimos juntos y de pie confesiones mutuas que nos hacen indestructibles...
Se de tu ganas de vivir todos los días, tu pelea interna, que hoy ganaste...
Se que no vamos a quedarnos quietos, que vamos seguir portándonos mal...

Hoy hay vida, esperanza, y me vas a tener al lado como siempre, como debe ser...
Te quiero mucho
Pavel






Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias: lo que hay que saber

3.8.11



Las elecciones primarias se realizarán el 14 de agosto, y  son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos. 

Son obligatorias, abiertas y simultáneas.


Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos, un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Son OBLIGATORIAS para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, y para todos los partidos y alianzas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellos que presenten una única lista.
Son ABIERTAS, ya que todos los ciudadanos participan de la selección de candidatos, sean o no afiliados a un partido político.
Son SIMULTÁNEAS, ya que se celebran el 14 de agosto en todo el país y en un mismo acto electoral, el voto de toda la ciudadanía determina todas las candidaturas a cargos electivos nacionales.
¿Qué se decide en las elecciones primarias?
En las elecciones primarias se elige a quienes pretenden ser candidatos a cargos electivos en las elecciones nacionales.
Los partidos políticos deciden quiénes serán sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quienes deciden entre los mismos.
Para participar de las elecciones nacionales, los candidatos deben haberse presentado en las elecciones primarias y obtenido un umbral de respaldo mínimo equivalente al 1,5% de los votos emitidos en el distrito de que se trate.
De esta manera, se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección general, y se evita la proliferación de listas electorales que se crean para cada comicio y que carecen de representación efectiva en la sociedad.
¿Qué se vota en las elecciones primarias?
En las elecciones primarias, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:
Presidente y vicepresidente de la Nación, en todo el país.
130 diputados nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
24 senadores nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
¿Quiénes votan en las elecciones primarias?
Todos los ciudadanos argentinos – nativos, por opción o naturalizados – que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias.
Esto significa que quienes tengan 17 años, pero cumplan los 18 antes o el mismo 23 de octubre, también deberán votar en las primarias.
Los padrones definitivos se encuentran publicados en www.padron.gob.ar.
Las elecciones primarias ¿son obligatorias para quienes no están afiliados a ningún partido político?
Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23 de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido político.
En las primarias, la selección de candidatos no queda reservada exclusivamente a las preferencias de quienes estén afiliados a un partido político en particular, sino que se amplía a las de todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.
La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los 60 días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.
Para verificar si figurás correctamente en el padrón consultá en www.padron.gob.ar.
Si no estoy afiliado a ningún partido político, ¿puedo participar en las elecciones primarias?
Sí, todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias.
No es requisito para participar en ellas la afiliación a un partido, ya que se trata de un nuevo sistema de selección de precan-didaturas, en el cual es la ciudadanía a través del voto quién define las listas de candidatos y las agrupaciones políticas que competirán en las elecciones nacionales.
Por eso, la participación no sólo de afiliados, sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social, para verificar si figurás correctamente en el padrón.
Si participé de la elección interna del partido político al que me encuentro afiliado, ¿debo votar también en las elecciones primarias?
Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23 de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido político.
El próximo 14 de agosto en todo el país y en un mismo acto electoral, todos los partidos políticos simultáneamente dirimirán sus precandidaturas, para todos los cargos electivos nacionales en disputa.
Las elecciones primarias son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que pretendan presentarse en las elecciones nacionales.
¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones primarias?
Las agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones habilitadas para postular precandi-daturas en las elecciones primarias.
Las precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado de afilados a la agrupación política por la que pretendan presentarse.
Este número varía de acuerdo a la categoría de cargo a la que se pretenda presentar precandida-tura, y se determina en función de un porcentaje del padrón de afiliados o del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.
Así, para postular precan-didatos a senadores y diputados nacionales en elecciones primarias, cada precandidatura deberá estar avalada por un número de afiliados no menor al 2‰ del total del padrón del distrito, o del 2% del número de afiliados de la agrupación política, el que sea menor.
En tanto, en el caso de las precandidaturas a presidente y vicepresidente de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido es igual al 1‰ de los inscriptos en el padrón general, domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón de afiliados a la agrupación política de 5 distritos a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el que sea menor.
Las agrupaciones políticas que postulen una única lista, ¿también deben presentarse en las elecciones primarias?
Sí. Las elecciones primarias son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellas que postulen una única lista de precandidatos, dado que son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que se presentarán en las elecciones nacionales.
Las agrupaciones políticas deciden quiénes serán sus precan-didatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quienes deciden entre los mismos.
De esta manera se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección nacional, y se evita la proliferación de listas electorales que carecen de representación efectiva en la sociedad.
Por eso, la participación no sólo de afiliados, sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social.
¿Quiénes pueden ser precan-didatos en las elecciones primarias?
La designación de los precandidatos es una atribución exclusiva de las agrupaciones políticas, a quienes en consecuencia les corresponde determinar los requisitos exigidos para ser precandidato por las mismas -pudiendo incluso postular a extrapartidarios-, debiendo respetar lo establecido en sus cartas orgánicas y en la normativa electoral vigente
No obstante, la capacidad de las agrupaciones políticas para determinar requisitos a exigir a sus precandidatos, la normativa nacional prohíbe la postu-lación de precandidatos en las elecciones primarias a: personas con auto de procesamiento o condena por delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos.
Personas que desempeñen cargos directivos o fuesen apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.
Cabe aclarar que continúan vigentes las demás exclusiones enumeradas en el artículo 33 de la Ley Nº 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos.
¿Cuándo y dónde se vota en las elecciones primarias?
Las elecciones primarias se realizarán en todo el país el próximo 14 de agosto, entre las 8 a 18 horas.
En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar, pero como las mesas electorales serán mixtas, es muy probable que haya cambiado el lugar de votación  respecto a la elección de 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación.
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra “voto” (espacio) y el número de DNI seguido de la letra “M” o “F”, según el sexo del elector
¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto correctamente en el padrón electoral nacional?
Los padrones provisorios podrán consultarse: por Internet: www.padron.gob.ar.
Desde el teléfono celular, enviando un mensaje de texto al 64646, ingresando la palabra “voto” (espacio) y el número de DNI seguido de la letra “M” o “F” según el sexo del elector.
Telefónicamente, llamando a las líneas gratuitas 0800-999 PADRON (7237)
¿Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de votación?
En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar, pero como las mesas electorales serán mixtas es muy probable que haya cambiado el lugar de votación respecto a   la  elección de 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación y las mesas electorales a partir del 30 de julio.
Los padrones definitivos podrán consultarse: por Internet: www.padron.gob.ar.
¿Con qué documento se vota en las elecciones primarias?
Los documentos cívicos habi-litantes para votar son los siguientes:
Documento Nacional de Identidad (tapa verde o celeste).
Libreta Cívica.
Liberta de Enrolamiento.
El nuevo DNI en formato tarjeta NO es documento habilitante para votar.
Para votar, es necesario presentar el documento cívico que figura en el padrón o una versión posterior. Por ejemplo: si en el padrón figura LE y el elector se presenta con su DNI.
Si figura con el DNI original y se presenta con el DNI duplicado.
Si se presenta con un DNI “ejemplar B” y figura con un DNI “ejemplar A”.
Quienes se presenten a votar con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón, no podrán votar.
Por ejemplo
Si en el padrón figura DNI y el elector se presenta con su LE.
Si figura con el DNI duplicado y se presenta con el DNI original.
Si se presenta con un DNI “ejemplar A” y figura con un DNI “ejemplar B”.
¿Cómo se vota en las primarias?
Se vota como en las elecciones que ya conocemos, presentando el documento e ingresando al cuarto oscuro.
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.
En caso que una agrupación política presente varias precan-didaturas, aunque las boletas sean del mismo color y denominación, se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia.
Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento del elector y se lo devolverá.
¿Cómo podré identificar las boletas de mi preferencia?
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia. En caso que una agrupación política presente varias precandidaturas, aunque las boletas sean del mismo color y denominación, se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos?
No. En las elecciones primarias, cada elector podrá optar entre distintas listas de 1 misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir 1 solo voto por cada categoría de cargos a elegir: presidente y vicepresidente de la Nación, senadores y diputados nacionales.
Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como entre listas de partidos diferentes.
Lo que no debe, es elegir más de una opción para una misma categoría, pues su voto será computado nulo.
¿Por qué es importante votar en las elecciones primarias?
La implementación de las primarias constituye una modificación fundamental en el modo en el que se seleccionan las candidaturas para los cargos públicos electivos.
El voto de todos los ciudadanos otorga una mayor democratización al interior de los partidos y eleva el nivel de legitimación de las candidaturas. Además, se fortalece a los partidos políticos como herramientas de participación popular en los asuntos públicos, contribuyendo a una competencia política más estable.
Permite a los ciudadanos conocer sus programas de gobierno, emitir un voto informado y controlar más adecuadamente el desempeño de sus representantes.
Con las elecciones primarias, los partidos políticos y los ciudadanos vuelven a adquirir centralidad en la decisión de todas las etapas del proceso electoral.
¿Dónde puedo informarme más sobre las elecciones primarias?
Para obtener más información o evacuar tus inquietudes sobre las elecciones primarias y las nacionales, podés consultar:
Telefónicamente, llamando a:
(011) 4346-1841.
(011) 4346-1842.
Enviando un correo electrónico a: elecciones@mininterior.gov.ar Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
elecciones2011@mininterior.gov.ar
Fuente: Ministerio del Interior.

Lo que nadie dice sobre la reforma política y la publicidad

2.8.11


Pemitir avisos en televisión y radio para apelar al voto ciudadano ya no será un privilegio de los que tienen plata para pagarlos. Podrá hacerlo la totalidad de los participantes en una contienda electoral, independientemente del dinero que dispongan.
  Con las elecciones primarias del próximo 14 de agosto se pone en práctica la novedad más significativa que incorporó la llamada “reforma política”, sancionada por ley del Congreso en diciembre de 2009.
El proyecto fue impulsado por el gobierno de Cristina Fernández en su momento de mayor debilidad política, cuando el oficialismo venía de perder los comicios legislativos de mitad de mandato (el 28 de junio).
También en ese mismo segundo semestre del año, la presidenta lanzó varias de las decisiones más audaces de su gestión: el fin de la televisación paga de la más grande pasión deportiva popular –los partidos de fútbol–, el histórico debate político-social y posterior sanción parlamentaria de la Ley de Medios, y la creación de la Asignación por Hijo.
Las “primarias” (quizás sea útil recordarlo) son elecciones internas de los partidos políticos, pero con características nuevas que habilitan a denominarlas –informalmente– como “elecciones PASO”: primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. “Primarias” porque la definición de candidaturas dentro de cada partido o alianza de partidos será la primera de dos etapas del proceso electoral, que se completará con la elección general; “abiertas” porque no es sólo para afiliados a los partidos, sino que esa instancia de decisión se abre a la participación de la totalidad de los ciudadanos en condiciones de votar; “simultáneas” porque todas las fuerzas políticas deben realizarlas el mismo día –la ley dice “el segundo domingo de agosto” del año de elecciones–; y “obligatorias” en un doble sentido: los partidos deben realizar la elección primaria necesaria e ineludiblemente, y a su vez todos los ciudadanos están obligados a votar, igual que en una elección general.
Pero además de ese cambio en el régimen electoral, la ley contiene una innovación con un potencial democratizador extraordinario, en cierto modo revolucionario para la cultura política, y de lo cual públicamente se habla muy poco: es la prohibición para las agrupaciones políticas de “contratar en forma privada” –dice la ley– publicidad electoral en televisión y radio, ya fuere para la elección primaria o para la general.
A partir de ahora, los espacios audiovisuales de ese tipo son asignados por el Estado, a través de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, según normas y criterios muy precisos que la propia ley define, al tiempo que prevé sanciones, tanto para las emisoras como para los candidatos que violen la normativa.  A su vez, “los prestadores de servicios de comunicación audiovisuales están obligados a ceder el diez por ciento (10%) del tiempo total de programación para fines electorales” durante el período fijado legalmente: desde 20 días antes de la primaria, y desde 25 días antes de la elección general. En ambos casos, hasta 48 horas antes del inicio del acto eleccionario. De ese total de tiempo televisivo y radial, el Estado adjudica el 50% “por igual” entre todas las agrupaciones políticas, y el otro 50% “en forma proporcional a la cantidad de votos obtenidos en la elección general anterior”.
Además, otras cláusulas profundizan el criterio básico general: el postulante o partido que “por cualquier motivo” no utilizase su tiempo de publicidad electoral audiovisual, “no podrá transferir sus minutos a otro candidato o agrupación política”; la asignación de horarios y medios se hará “por sorteo público” para que sea en forma “equitativa”; para estos mensajes “el horario de trasmisión comprendido será desde la hora 07.00 hasta la 01.00 del día siguiente”; y “en la distribución se deberá asegurar la rotación en todos los horarios, y al menos dos veces por semana en horario central”.
¿Qué quiere decir todo esto? ¿Qué significan, en términos políticos prácticos, las nuevas disposiciones legales contenidas en la reforma política y hasta ahora poco comentadas públicamente? Nada menos que eliminar al factor económico –el dinero que cada candidato o partido dispone para su campaña– como condición indispensable para poder usar una de las armas más poderosas de la disputa política actual en el mundo: la publicidad televisiva (también la radiofónica, que influye en la opinión pública pero en menor medida, y es infinitamente menos costosa).
En otras palabras: emitir avisos en televisión y radio para apelar al voto ciudadano ya no será un privilegio de los que tienen plata para pagarlos. Podrá hacerlo la totalidad de los participantes en una contienda electoral, independientemente del dinero que dispongan. No harán falta –para este tipo de gastos, que consumen la porción más grande de los presupuestos de campaña– ni billeteras abultadas, ni millonarias cuentas bancarias, ni fondos depositados en guaridas fiscales tramposamente llamadas “paraísos” fiscales (trampa semántica que surge de traducir del inglés la palabra haven = refugio, abrigo, asilo, o en sentido despectivo guarida, como se fuera heaven = paraíso).
Guaridas o paraísos, esta mención alude a la investigación periodística publicada por Horacio Verbitsky previo a la elección de 2009, que incluía información precisa acerca de donde tenía parte de su capital el entonces diputado nacional y candidato a la reelección Francisco de Narváez (cabeza de la lista a la sazón ganadora ese año en la provincia de Buenos Aires, y ahora nuevamente candidato a gobernador, pero no como en 2007 aliado a Mauricio y Jorge Macri, sino esta vez aliado a la Unión Cívica Radical). El mismo que conmovía a los votantes desde los spots televisivos, donde decía que su familia había hecho la plata “a la manera de antes: trabajando”.
En una implícita confesión de parte, el propio De Narváez se ha quejado de que el impedimento de usar dineros privados para publicitar en TV y radio en las campañas, parece haber sido pensado en su contra. En cambio, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, explicó que la idea surgió de partidos políticos “chicos” en la ronda de diálogo con el gobierno tras la elección legislativa 2009. Sea como fuere, esas innovaciones legales no podrían haber sido más justas y apropiadas.
Si se tiene en cuenta que el dinero para campañas es una de las zonas de la actividad política más ocultas a la visibilidad social (en Argentina, como en la gran mayoría de los países del mundo), y que también es un terreno en extremo proclive a la compra de voluntades, la corrupción, el lavado de fondos de origen clandestino, el tráfico de influencias, la cooptación de dirigentes por parte de empresarios que financian sus campañas y, de modo general, proclive al riesgo de sometimiento de la política democrática bajo el poder de intereses ocultos; entonces, la prohibición de contratar de forma privada la publicidad electoral audiovisual contiene un formidable potencial democratizador, y abre perspectivas en cierto modo revolucionarias, en cuanto a cambiar la cultura política argentina y crear condiciones para que las disputas de poder puedan resolverse, cada vez más, a favor de los intereses populares.